La información obrante en los registros de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero se encuentra protegida por el secreto fiscal (artículo 101, Ley N° 11.683), el secreto estadístico (artículos 11, 12 y 13, Ley N° 22.222) y la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales. Por ese motivo, se debe identificar e individualizar fehacientemente a los contribuyentes sobre los cuales recae el requerimiento de información y, en consecuencia, analizar la viabilidad de aportar la información o documentación requerida, siempre que no medie un impedimento legal. Asimismo, por razones de buen orden, resulta necesario que el oficio judicial o administrativo aporte los datos identificatorios de las personas consultadas a fin de una correcta individualización. Caso contrario, el Organismo deberá responder el oficio solicitando mayores precisiones.